RUC, boleta y factura electrónica: guía para MYPE en Perú
Actualizada el 24 de julio de 2026 · 9 min de lectura
Si vendes, tienes que emitir. Acá va lo esencial del RUC, los cuatro regímenes tributarios con sus topes reales y la regla simple para saber si le das boleta o factura a cada cliente.
El RUC: tu número de identidad como negocio
El RUC, Registro Único de Contribuyentes, es el número de 11 dígitos con el que SUNAT te identifica. Es permanente y obligatorio para cualquier persona o empresa que realice actividad económica. Es el único identificador tributario que se usa en Perú: si un proveedor o un sistema del extranjero te pide otro código de contribuyente, el equivalente peruano es siempre el RUC.
Los dos primeros dígitos te dicen de qué tipo de contribuyente se trata. Un RUC que empieza en 20 corresponde a una persona jurídica, es decir una empresa constituida (una SAC, una EIRL, una SRL). Uno que empieza en 10 corresponde a una persona natural con negocio: tú mismo, con tu DNI detrás.
Y ojo con la diferencia entre DNI y RUC. El DNI tiene 8 dígitos y es tu identidad como persona; el RUC es tu identidad como contribuyente. Un consumidor final se identifica con DNI; un cliente que quiere factura se identifica con RUC.
| Empieza en | Quién es | Ejemplo típico | Qué puede emitir |
|---|---|---|---|
| 10 | Persona natural con negocio | Bodega, taller, servicio profesional independiente | Boleta siempre; factura si su régimen se lo permite |
| 20 | Persona jurídica (empresa constituida) | SAC, SRL, EIRL | Boleta y factura electrónica |
Los cuatro regímenes tributarios y sus topes
Tener RUC no es suficiente: al inscribirte eliges un régimen tributario, y ese régimen define cuánto pagas de Impuesto a la Renta, qué comprobantes puedes emitir y qué obligaciones contables tienes. Todos los topes se expresan en UIT, que en 2026 es de S/ 5,500.
- En NRUS: Categoría 1 hasta S/ 5,000 mensuales de ingresos o compras, cuota de S/ 20. Categoría 2, de más de S/ 5,000 hasta S/ 8,000, cuota de S/ 50.
- El NRUS también exige activos fijos por hasta S/ 70,000, y tiene una Categoría Especial con cuota de S/ 0 para venta de frutas, hortalizas y granos en mercados de abastos o cultivo agrícola en estado natural, hasta S/ 60,000 al año.
- El RER exige además activos por hasta S/ 126,000, un máximo de 10 trabajadores por turno y un solo local.
- En RMT el pago a cuenta mensual es 1% de los ingresos netos si tus ingresos anuales no superan las 300 UIT (S/ 1,650,000); si las superan, se aplica el mayor entre coeficiente y 1.5%.
| Régimen | Quién puede estar | Tope de ingresos | Impuesto a la Renta | Comprobantes |
|---|---|---|---|---|
| NRUS | Solo personas naturales | S/ 96,000 al año (máx S/ 8,000 al mes) | Cuota fija mensual de S/ 20 o S/ 50 | Boleta y ticket. NO emite factura |
| RER | Personas naturales y jurídicas | S/ 525,000 al año en ingresos y en compras | 1.5% de los ingresos netos mensuales (pago definitivo) | Boleta y factura |
| RMT | Personas naturales y jurídicas | 1,700 UIT, es decir S/ 9,350,000 al año | 10% hasta 15 UIT de renta neta; 29.5% sobre el exceso | Boleta y factura |
| General | Personas naturales y jurídicas | Sin límite | 29.5% sobre la renta neta | Boleta y factura |
El error más caro del NRUS: no poder emitir factura
El NRUS es cómodo: una cuota fija al mes, sin declaración anual de renta y sin llevar libros complejos. Para una bodega, un puesto de mercado o un servicio pequeño que vende a consumidores finales, funciona.
El problema aparece cuando llega un cliente empresa. En NRUS solo puedes emitir boleta o ticket, y esos comprobantes no dan crédito fiscal ni, por regla general, sustentan gasto. Si tu cliente es una empresa que necesita factura, no te va a poder comprar, o te va a pedir bajar el precio para compensar lo que pierde. Muchas MYPE descubren esto recién cuando se les cae la primera venta grande.
La regla práctica: si tu plan es venderle a empresas, o si tu ticket promedio va a crecer, el NRUS te queda chico rápido. Conversa con tu contador sobre RER o RMT antes de perder el cliente, no después.
IGV 18%: qué es y por qué el crédito fiscal importa
El IGV, Impuesto General a las Ventas, tiene una tasa total de 18% y ya incluye el Impuesto de Promoción Municipal. Desde 2026, por la Ley 32387, la composición interna pasó a ser 15.5% de IGV más 2.5% de IPM, pero lo que facturas sigue siendo 18% y para tu negocio no cambia nada en la práctica.
El crédito fiscal es la parte que más plata deja o quita. Cuando compras con factura, el IGV que pagaste se convierte en crédito que puedes descontar del IGV que cobraste en tus ventas. Si compras con boleta, ese crédito se pierde.
Ejemplo simple: vendes S/ 10,000 más IGV y cobraste S/ 1,800 de IGV. Ese mismo mes compraste mercadería por S/ 6,000 más IGV, con factura, y pagaste S/ 1,080 de IGV. A SUNAT le pagas la diferencia: S/ 720. Si esa misma compra la hubieras hecho con boleta, le pagarías los S/ 1,800 completos. Pedir factura a tus proveedores no es trámite: es margen.
Quienes están en NRUS no manejan crédito fiscal, porque su cuota fija ya reemplaza al IGV y al Impuesto a la Renta.
Boleta o factura: la regla en una línea
La regla corta es esta: si tu cliente tiene RUC y te lo da, emites factura; si es consumidor final, emites boleta. Todo lo demás son detalles de esa misma decisión.
- Pregunta el RUC ANTES de emitir, no después. Cambiar una boleta ya emitida por una factura es un trámite evitable.
- La factura electrónica debe enviarse a SUNAT dentro de los 7 días calendario. No lo dejes acumulándose.
- Nunca emitas factura a un consumidor final solo porque te lo pide con insistencia: si no tiene RUC, no corresponde.
| Situación | Comprobante | Qué debes pedir | Efecto para el cliente |
|---|---|---|---|
| Cliente empresa o con RUC que pide comprobante | Factura electrónica (serie F001 y siguientes) | RUC y razón social | Sustenta costo o gasto y le da crédito fiscal del IGV |
| Consumidor final, venta hasta S/ 700 | Boleta de venta electrónica (serie B001 y siguientes) | Nada obligatorio | No da crédito fiscal |
| Consumidor final, venta mayor a S/ 700 | Boleta de venta electrónica | DNI o RUC del comprador, obligatorio | No da crédito fiscal |
| Estás en NRUS y el cliente pide factura | No puedes emitirla | Evalúa cambiar de régimen con tu contador | El cliente no puede usar la compra como crédito ni gasto |
Cómo emitir sin gastar de más
Para emitir electrónicamente tienes tres caminos, y no necesitas el más caro para empezar. El portal SEE-SOL de SUNAT es gratuito y sirve bien si emites poco volumen: entras con tu clave SOL y generas el comprobante ahí mismo.
El Facturador SUNAT es una aplicación de escritorio, también gratuita, pensada para quien emite más y quiere trabajar desde su propia computadora sin depender del portal. Y si tu volumen ya es alto o quieres integrar tu sistema de ventas, existen los PSE u OSE, proveedores autorizados por SUNAT que cobran por el servicio pero automatizan la emisión.
Consejo de dueño a dueño: empieza gratis. Muchos negocios contratan un proveedor pagado desde el primer mes cuando emiten diez comprobantes; el salto tiene sentido cuando el tiempo que pierdes emitiendo a mano cuesta más que el servicio.
- SEE-SOL: gratuito, en el portal de SUNAT, ideal para bajo volumen.
- Facturador SUNAT: gratuito, se instala en tu computadora, para volumen medio.
- PSE u OSE autorizado: de pago, se integra con tu sistema, para alto volumen o venta automatizada.
Cinco errores que le cuestan plata a la MYPE
Ninguno de estos errores es raro. Todos aparecen en negocios que van bien y simplemente no le dieron prioridad al orden documentario.
- Comprar mercadería con boleta en lugar de factura: pierdes el crédito fiscal del IGV y con eso, margen real.
- No pedir el DNI en ventas mayores a S/ 700 con boleta: es obligatorio consignarlo.
- Quedarse en NRUS después de crecer: pasar de S/ 96,000 al año te obliga a cambiar de régimen, y seguir emitiendo como si nada te expone ante SUNAT.
- Emitir la factura fuera del plazo de 7 días calendario para enviarla a SUNAT.
- Mezclar la plata del negocio con la personal: cuando llega una fiscalización o pides un crédito, nadie puede distinguir qué venta fue tuya y qué fue de tu bolsillo.
Alertas de salida de régimen que debes vigilar
Cada régimen tiene un techo, y cruzarlo sin darte cuenta es de los problemas tributarios más comunes en una MYPE que está creciendo. Vale la pena revisar tus ingresos acumulados una vez al mes contra estos tres números.
| Si estás en | Se te acaba el régimen cuando superas | Hacia dónde te mueves |
|---|---|---|
| NRUS | S/ 96,000 de ingresos al año, o S/ 8,000 en un mes | RER, RMT o General, según tu caso |
| RER | S/ 525,000 de ingresos o compras al año | RMT o General |
| RMT | 1,700 UIT, es decir S/ 9,350,000 al año | Régimen General |
Verifica con SUNAT antes de declarar
Los topes, las cuotas del NRUS, las tasas y el valor de la UIT se actualizan. Las cifras de esta guía corresponden a lo vigente en 2026, con UIT de S/ 5,500 e IGV de 18%.
Antes de elegir régimen, emitir a un cliente nuevo o presentar una declaración, verifica los datos en el portal de SUNAT o con tu contador. Esta guía es informativa y no reemplaza asesoría contable o tributaria profesional.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre un RUC que empieza en 10 y uno que empieza en 20?
El que empieza en 10 es de una persona natural con negocio: la actividad va a nombre tuyo, con tu DNI detrás. El que empieza en 20 es de una persona jurídica, es decir una empresa constituida como SAC, SRL o EIRL, que tiene patrimonio separado del tuyo. Ambos tienen 11 dígitos y ambos son RUC válidos ante SUNAT.
¿Puedo emitir factura si estoy en el Nuevo RUS?
No. En NRUS solo puedes emitir boletas de venta y tickets, que no dan crédito fiscal. Si necesitas facturar a empresas, tendrás que evaluar el cambio a RER, RMT o Régimen General con tu contador. Es la limitación más importante del NRUS y la razón más frecuente para salir de él.
¿Desde qué monto tengo que pedir el DNI en una boleta?
Desde S/ 700. Si la venta con boleta supera ese monto, es obligatorio consignar el DNI o el RUC del comprador en el comprobante. Por debajo de ese monto no es obligatorio, aunque siempre puedes pedirlo si te conviene tener el dato del cliente.
¿Cuánto es el IGV en Perú y cómo lo recupero?
El IGV es 18%. Lo recuperas vía crédito fiscal: el IGV que pagaste en tus compras con factura se descuenta del IGV que cobraste en tus ventas, y a SUNAT le pagas solo la diferencia. Por eso conviene pedir factura a tus proveedores. Si estás en NRUS no manejas crédito fiscal, porque pagas una cuota fija mensual.
¿Qué pasa si me paso del tope de mi régimen a mitad de año?
Tienes que cambiar de régimen. Los umbrales a vigilar son S/ 96,000 al año en NRUS, S/ 525,000 al año en RER y 1,700 UIT (S/ 9,350,000) en RMT. Revisa tus ingresos acumulados cada mes y avísale a tu contador apenas te acerques al tope, porque el cambio tiene plazos y formalidades.
¿Necesito contratar un proveedor de facturación electrónica?
No necesariamente. SUNAT ofrece el portal SEE-SOL y el Facturador SUNAT de forma gratuita, y con eso muchos negocios chicos cubren toda su operación. Un PSE u OSE de pago tiene sentido cuando el volumen es alto o cuando quieres integrar la emisión con tu sistema de ventas.
Cómo ayuda Equipia con esto
Lo que suele fallar no es entender la teoría, sino ejecutarla todos los días: pedir el RUC antes de cerrar la venta, no pasarte del plazo, emitir el comprobante que corresponde. En Equipia construimos agentes de inteligencia artificial que atienden WhatsApp por ti y, dentro de esa conversación, piden los datos del cliente en el momento correcto, distinguen si la venta necesita boleta o factura y dejan el registro ordenado para tu contador. En Perú todavía no abrimos el cobro: puedes sumarte a la lista de espera en equipia.app/pe. Nada de esto reemplaza a tu contador ni a la información oficial de SUNAT, que siempre conviene verificar.
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